Por: Lady Johanna Mejía RíosCarolina Álvarez Rodríguez
Estefany Moreno Pino
Luz Piedad Zapata
Las mujeres constantemente se exponen a ser asediadas y acosadas en sus lugares de trabajo, pero las periodistas no solo se enfrentan a este acoso, también se afrontan al de sus fuentes, por esta razón se crean unos códigos para la defensa integral de las periodistas:
1. La periodista al sentir la presión de su fuente o por una persona del medio llámese hombre o mujer, debe inmediatamente obtener pruebas para certificar tal acoso.
2. Las pruebas deben ser de carácter audiovisual o sonoro. La versión de la afectada no se tomará como prueba, solo como relato del hecho.
3. Si hay certeza que hubo acoso por parte de alguien del medio, se deberá pedir la renuncia inmediata, se le desembolsarán 6 salarios mínimos vigentes y se hará público el hecho.
4. Si se prueba que hubo acoso por parte de una fuente, se le desembolsará la suma de 10 salarios mínimos vigentes y se hará público el hecho.
5. El acusado tendrá la oportunidad de presentar pruebas en los formatos ya establecidos, para la contradicción de la acusación.
6. La periodista recibirá el dinero que fue desembolsado por el acusado.
7. Si se prueba que el acoso fue realizado por una persona del medio y éste ya lo tenía presente desde antes de la acusación, pero no hizo caso a tal hecho, deberá pagar una multa por cada periodista que fue expuesta a acosos sexuales de 5 salarios mínimos vigentes, y por ende, se le hará un seguimiento anual durante 5 años.
1. La periodista al sentir la presión de su fuente o por una persona del medio llámese hombre o mujer, debe inmediatamente obtener pruebas para certificar tal acoso.
2. Las pruebas deben ser de carácter audiovisual o sonoro. La versión de la afectada no se tomará como prueba, solo como relato del hecho.
3. Si hay certeza que hubo acoso por parte de alguien del medio, se deberá pedir la renuncia inmediata, se le desembolsarán 6 salarios mínimos vigentes y se hará público el hecho.
4. Si se prueba que hubo acoso por parte de una fuente, se le desembolsará la suma de 10 salarios mínimos vigentes y se hará público el hecho.
5. El acusado tendrá la oportunidad de presentar pruebas en los formatos ya establecidos, para la contradicción de la acusación.
6. La periodista recibirá el dinero que fue desembolsado por el acusado.
7. Si se prueba que el acoso fue realizado por una persona del medio y éste ya lo tenía presente desde antes de la acusación, pero no hizo caso a tal hecho, deberá pagar una multa por cada periodista que fue expuesta a acosos sexuales de 5 salarios mínimos vigentes, y por ende, se le hará un seguimiento anual durante 5 años.

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